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INV, INAL e impuestos

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Cómo importar vino y bebidas alcohólicas a Argentina

Requisitos para importar vino, cerveza y bebidas alcohólicas: INV (Res. 20/2025), INAL, impuestos internos y CAA.

Un rubro con regulación múltiple

Importar bebidas alcohólicas (vino, cerveza, whisky, gin, vodka, etc.) implica cumplir con distintos organismos según el tipo de bebida. No es el rubro más sencillo para empezar, pero tiene buena demanda especialmente en el segmento premium.

INV: vinos y bebidas de uva

Los vinos, mostos y bebidas espirituosas de uva (NCM 2204, 2205) están regulados por el INV (Instituto Nacional de Vitivinicultura). Para importar necesitás:

  • Inscripción como importador vitivinícola ante el INV (trámite TAD 1148)
  • Registro de etiquetas ante INV previo a circulación
  • Certificado de libre venta del país de origen
  • Etiquetado en castellano con origen, varietal y cosecha

Desde la Res. INV 20/2025, vinos de países con acuerdo bilateral pueden ingresar con DDJJ electrónica — sin análisis de laboratorio del origen.

INAL: cerveza, sidra y bebidas fermentadas

Las cervezas, sidras y bebidas fermentadas no vínicas (NCM 2206) van por INAL: requieren RNE del importador, RNPA por producto y cumplimiento del CAA. Desde el Decreto 35/2025, productos de EEUU/UE/Canadá/UK tienen vía simplificada vía TAD (48 hs).

Bebidas espirituosas destiladas (whisky, gin, vodka, ron)

Las destiladas que no son de uva (NCM 2208) requieren registro sanitario ante ANMAT/INAL como alimentos, más los Impuestos Internos correspondientes.

El Código Alimentario Argentino

El CAA define las caracteristicas que debe tener cada tipo de bebida para ser considerada como tal. Por ejemplo:

  • Vino: debe ser producido exclusivamente por fermentación de uvas. Aditivos permitidos limitados.
  • Cerveza: agua, malta de cebada, lupulo y levadura. Los aditivos están restringidos.
  • Bebidas espirituosas: graduación alcohólica mínima según el tipo.

Si el producto no cumple con la definición del CAA, no puede usar la denominación en el mercado argentino.

Impuestos internos al alcohol

Las bebidas alcohólicas pagan Impuestos Internos además de los tributos aduaneros habituales. Las tasas son:

  • Cerveza: 8% sobre el precio de venta
  • Vinos (comunes): exentos de impuestos internos en muchos casos
  • Champagna y espumantes: 12%
  • Bebidas espirituosas (whisky, vodka, gin, ron): 20%
  • Bebidas alcohólicas mixtas (hard seltzer, RTD): varía según clasificación

Los impuestos internos se pagan en aduana al momento del despacho, sobre el precio de venta mayorista estimado. Representan un costo significativo adicional.

Aranceles de importación

  • Vinos: 20-27% DI
  • Cervezas: 20% DI
  • Bebidas espirituosas: 20-35% DI
  • Champagne: 27% DI

Sumado al IVA, IVA adicional, tasa de estadística e impuestos internos, el costo tributario de importar bebidas alcohólicas puede superar el 80-100% del valor FOB. Un producto que cuesta USD 5 la botella en origen puede tener un costo de importación de USD 4-5 adicionales antes de tu margen y el precio de venta al público.

Etiquetado obligatorio

Las bebidas importadas deben tener etiqueta en español con:

  • Nombre y tipo de bebida
  • Contenido neto
  • Grado alcoholico
  • País de origen
  • Nombre y datos del importador habilitado
  • Número RNPA, registro INV o código de producto según corresponda
  • Leyendas obligatorias (prohibido menores de 18 años, alcohol en exceso es danino para la salud)

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